Ley 431 para el Régimen de Tránsito

Seguro Obligatorio de Tránsito (SOA)

El requisito esencial para obtener tu sticker de circulación y conducir con amparo legal en Managua y toda Nicaragua. Emisión ágil frente a Tránsito Nacional.

Alcance de la Ley

¿Qué cubre exactamente el Seguro Obligatorio?

El seguro obligatorio protege la responsabilidad civil del conductor o propietario frente a daños ocasionados a terceros en sus bienes o su integridad física a causa de un accidente de tránsito.

  • Lesiones o fallecimiento de terceras personas (transeúntes, pasajeros de otros vehículos).
  • Daños materiales a bienes de terceros (vehículos, estructuras, infraestructura vial).
  • Vigencia estándar de 1 año calendario desde su fecha de emisión.
Lo que NO cubre el Seguro Obligatorio

Es muy importante recordar que el SOA no cubre los daños de tu propio vehículo ni lesiones del conductor culpable. Si deseás amparar tu automóvil contra colisiones, robo o desastres naturales, consultá nuestras opciones de cobertura amplia.

Requisitos Habituales para la Emisión del Seguro

Tené a mano estos documentos al comunicarte con nosotros o al visitarnos:

1

Tarjeta de Circulación

Original o copia legible para verificar números de motor, chasis y placa.

2

Cédula de Identidad

Cédula nicaragüense vigente del propietario o contratante de la póliza.

3

Póliza Anterior (si renueva)

Facilita mantener la continuidad de los registros ante la aseguradora.